¿Por qué energía solar?
Utilizar la energía solar es proteger activamente el medio ambiente
Todos los hogares necesitan energía. Quien quiera generar esta energía de forma inteligente, económica y sobre todo adecuada para la protección del medio ambiente, demuestra una clara apuesta de futuro al construir una instalación fotovoltaica. A través de las células solares montadas sobre el tejado de su casa, la energía solar se transforma en energía eléctrica (efecto fotovoltaico). La energía que se genera se puede utilizar directamente o inyectarse a la red pública. De esta manera, usted ganará más independencia de su proveedor de energía y contribuirá de forma activa a proteger el medio ambiente.
Table of Contents
1. Todo lo que hace que su instalación solar sea una inversión rentable
- Todo lo que hace que su instalación solar sea una inversión rentable
Tanto si hablamos de módulos solares como de inversores o sistemas de montaje completos, la calidad y fiabilidad de todos los componentes son los principales requisitos para obtener los máximos beneficios de su instalación fotovoltaica a largo plazo.
Los módulos solares 1 generan corriente continua a partir de la luz del sol.
El sistema de montaje garantiza una fijación sólida y robusta de los módulos solares de forma permanente sobre su tejado.
El inversor 2 transforma la corriente continua en corriente alterna para que pueda ser inyectada a la red eléctrica.
El contador FV 3 registra sus rendimientos energéticos para poder efectuar la correspondiente liquidación económica con el proveedor de energía.
Se sigue utilizando la conexión particular 4 a la red pública ya existente.
El contador de corriente 5a registra la cantidad de electricidad que usted consume de la red pública.
El contador eléctrico de consumo e inyección (contador de doble dirección) 5b registra la cantidad de electricidad que se adquiere de la red pública, así como la cantidad de electricidad que se inyecta a la red.*
2. Legislación en materia fotovoltaica
En España la ley que regula las condiciones en las cuales se puede vender electricidad a la red electrica y a que precio se llaman Reales Decretos.
A continuación se detallan las características y cambios relevantes de los últimos Reales Decretos.
3. El Real Decreto 1578/2008 nace por diferentes motivos
Un crecimiento de la energía FV superior a lo esperado, dar a los promotores seguridad jurídica, racionalizar instalaciones grandes, evitando la parcelación, reconoce las ventajas que ofrecen las instalaciones integradas en edificios.
1-Tipos de instalaciones:
a) Tipo I. Instalaciones que estén ubicadas en cubiertas o fachadas de construcciones fijas, cerradas, hechas de materiales resistentes, dedicadas a usos residencial, de servicios, comercial o industrial, incluidas las de carácter agropecuario, cubierta de aparcamiento o de sombreamiento.
Las instalaciones de este tipo se agrupan, a su vez, en dos subtipos:
- Tipo I.1: instalaciones del tipo I, con una potencia inferior o igual a 20 kW
- Tipo I.2: instalaciones del tipo I, con un potencia superior a 20 kW
b) Tipo II. Instalaciones no incluidas en el tipo I anterior.
2- Registro de preasignación:
Será necesaria la inscripción, con carácter previo, de los proyectos de instalación en el registro de preasignación de retribución.
3- Cupos:
Habrá cuatro convocatorias anuales, coincidentes con los trimestres anuales.
a) Tipo I: 267/m MW, con el reparto siguiente:
- 10 por ciento para el subtipo I.1 y
- 90 por ciento para el subtipo I.2.
b) Tipo II: 133/m MW.
Siendo m, el número de convocatorias por año para los que se establezcan
Download: Real Decreto 1578/2008
4. Real Decreto 1565/2010
Cabe destacar del Real Decreto 1565/2010 que regula la producción de energía eléctrica en régimen especial para instalaciones fotovoltaicas, los siguientes puntos:
1. Se eliminan los valores de las primas de FTV a partir del año 26 con carácter retroactivo.
2. Se mantiene la modificación del tipo I (25% de potencia contratada y excluye invernaderos, balsas de riego y similares), y será de aplicación a la convocatoria que se inicie con posterioridad a la publicación.
9. Se reducen las tarifas en un 5, 25 y 45%, que será de aplicación a la convocatoria que se inicie con posterioridad a la publicación.
Download: Real Decreto 1565/2010
5. Real Decreto 14/2010
- Zoom
- Mapa de distribución de las zonas climáticas
Los objetivo del Real Decreto Ley 14/2010 son:
- Racionalizar y contener los costes regulados del sistema eléctrico
- Busca nuevas fuentes de ingresos
- Proporcionar protección a los consumidores más vulnerables
- Corrección del déficit tarifario
Cabe destacar las modificaciones más relevantes:
1- Peaje para los generadores:
Se establece la obligación para los productores de energía eléctrica del pago por el uso de las redes de transporte y distribución y se anula la excepción de dicho peaje a los consumos por bombeo.
A partir del 1 de enero de 2011, y en tanto no se desarrollen reglamentariamente, se establece un peaje de 0,5 €/MWh que pagarán tanto los generadores del Régimen Ordinario como los del Régimen Especial
2- Disminución de horas primadas a las instalaciones fotovoltaicas :
Las instalaciones fotovoltaicas tienen derecho a percibir el régimen económico primado que tengan reconocido hasta alcanzar un número de horas equivalentes al año en función de la zona solar climática.
Download: Real Decreto Lay 14/2010
Tecnologica | Horas equivalentes de referencia/año | |||||
Zona I | Zona II | Zona III | Zona IV | Zona V | ||
Instalación fija | 1.232 | 1.362 | 1.492 | 1.632 | 1.753 | |
Instalación con seguimiento a 1 eje | 1.602 | 1.770 | 1.940 | 2.122 | 2.279 | |
Instalación con seguimiento a 2 ejes | 1.664 | 1.838 | 2.015 | 2.204 | 2.367 |